SECCIÓN SINDICAL DE SINTTA - EDUCACIÓN EN ASTURIAS

VALORACIÓN JORNADA DE HUELGA 14 abril de 2021

 








Comunicado de prensa

                                                       

Valoración de jornada de huelga del 14 abril del profesorado interino

La convocatoria de huelga de profesorado interino para hoy, 14 de abril de 2021, está enmarcada por dos reivindicaciones fundamentales:

- El aplazamiento de las oposiciones previstas para el verano de 2021 debido a la inseguridad sanitaria generada por la pandemia

- La negociación de un nuevo Acuerdo de Interinidad que garantice una mayor estabilidad y que mejore las condiciones del actual.

A falta de datos completos del impacto de este paro laboral, pues todavía falta el cómputo del profesorado que trabaja en jornada de tarde, señalar que el seguimiento de la huelga ha sido en torno al 35% del profesorado interino, siendo más significativa la respuesta en Secundaria y en algunos centros del entorno de Oviedo, Gijón, Avilés y Cuencas. Es importante señalar la dificultad de obtener datos concretos porque cerca de la mitad de la plantilla de personal interino tiene contratos a media jornada, con lo que su presencia en los centros puede no coincidir con los miércoles.

En cuanto a la concentración convocada a las 12 de la mañana en la Plaza España, a pesar de las restricciones y el cumplimiento de la distancia de seguridad, acudieron unas 300 personas (adjuntamos fotos), bastantes más de los que la Consejería dice que secundaron la huelga. El profesorado interino continuará con la lucha.

MOTIVACIONES

1. Este curso se ha presentado para el profesorado con muchas dificultades desde su inicio, con un fuerte incremento de la carga de trabajo debido principalmente a la semipresencialidad y a la readaptación de la labor docente a unas condiciones nuevas. Todo ello en medio del estrés y ansiedad que supone el temor a los contagios y recordemos que el profesorado es el tercer colectivo profesional con más seropositividad (11%) por COVID-19 tras el personal sanitario y socio-sanitario.

En el caso del profesorado interino, esta ansiedad se incrementa ante la celebración de unos procesos selectivos en los que se juegan sus expectativas y, en la Comunidad de Asturias, sus puestos de trabajo. Hay que tener en cuenta que el Acuerdo de interinidad obliga a presentarse a las oposiciones y a realizar la primera prueba completa con lectura incluida. Salvo en caso de hospitalización por embarazo o parto, quienes no se presenten decaerán de las listas y perderán su puesto de trabajo. ¿Se puede garantizar que todas las personas están en condiciones de presentarse? ¿Qué va a ocurrir con las personas contagiadas o en cuarentena? ¿Y las personas que reciban segunda dosis de vacuna de Astrazéneca en días anteriores al comienzo del proceso selectivo y que sufran efectos secundarios? Todas estas cuestiones ocupan y preocupan a las personas afectadas y no hay respuestas.

La preocupación existe en otras CCAA y, de hecho, ha habido movilizaciones y/o convocatorias de huelga por el aplazamiento de oposiciones: Valencia, Canarias, Aragón, Murcia. En algunas CCAA no es obligatorio presentarse a oposiciones para mantenerse en las listas (Cantabria, País Vasco, País Valenciano, etc.). En otras, como en Galicia y en Castilla y León, ya han decidido que, ante la coyuntura sanitaria tan complicada, este año no será obligatorio presentarse a oposiciones para mantenerse en listas y parece que el mismo camino seguirá Castilla La Mancha.

2. Por otra parte, consideramos imprescindible la negociación de un nuevo Acuerdo de profesorado interino que otorgue estabilidad al colectivo. El Acuerdo en vigor en Asturias, firmado por ANPE y UGT en 2014, supone una discriminación flagrante para el profesorado interino asturiano respecto al de Comunidades de nuestro entorno (Cantabria, Galicia, País Vasco, etc.), donde apuestan por otorgar una cierta estabilidad. Además de que la experiencia docente previa está minusvalorada en el baremo de méritos y sobrevalorada la nota obtenida en los procesos selectivos, las listas se rebareman tras cada proceso selectivo, lo que conlleva rotación en el empleo y permanente inestabilidad.

En otro sentido,  el espíritu del Acuerdo en vigor, en base a las últimas sentencias, se ajusta cada vez menos a los fundamentos de derecho español y comunitario y, además, se aleja sustancialmente de los últimos informes publicados por personas prestigiosas del mundo de la judicatura. El índice de temporalidad en las Administraciones Públicas es un grave problema que viene de lejos y requiere una intervención urgente. Las Administraciones Públicas han utilizado la fórmula de contratar a personal interino, no para resolver cuestiones temporales, puntuales y urgentes, como permite la normativa, sino para cubrir puestos y vacantes permanentes y estructurales.

La Directiva europea 1999/70/CE, en sus cláusulas 4 y 5 establece que, cuando se produce una situación de abuso, la consecuencia es que se tiene que aplicar mecanismos de sanción. La Directiva, de obligado cumplimiento por los Estados Miembros, no ha sido transpuesta íntegramente al desarrollo normativo interno, pues se transpuso al Estatuto de los trabajadores en su artículo 15.5, pero no al sector público. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de 19 de marzo de 2020, en base a la Directiva UE 1999/70, dictaminó que ha habido abuso de temporalidad en la contratación del personal interino de todas las Administraciones Públicas y que el sistema de concurso-oposición de libre concurrencia no es una sanción al abuso de la contratación temporal.

A la espera de que se busquen soluciones a nivel estatal para el personal interino que trabaja en fraude de ley (800.000 personas), y en este sentido hay varias iniciativas parlamentarias y mociones en marcha, se deben introducir modificaciones legislativas y regulatorias que vayan en la línea del cumplimiento de la Directiva europea y la Sentencia del TJUE antes aludidas, atendiendo por un lado, al deber de las autoridades de dar efecto al espíritu de la directiva, y a la ausencia de la tutela judicial efectiva por incumplimiento de derecho europeo en la que se encuentran los afectados, por otro.

Queremos destacar la aprobación en el Parlamento Asturiano, por primera vez en España, de la Proposición no de Ley (PNL) presentada por Podemos (a la cual ningún grupo se opuso) en referencia a dos puntos fundamentales: la paralización de los procesos selectivos por no ser acordes a derecho comunitario y la inspección y regularización administrativa mediante fijeza de los afectados. La discordancia existente entre la voluntad de nuestros políticos y la de la Consejería de Educación es, cuando menos, una muestra de la falta de empatía y de búsqueda de soluciones más que nítida de esta última.

Sin duda, el Acuerdo de interinidad en vigor en Asturias no se ajusta ni de lejos a las pretensiones de la Directiva europea y las sentencias del TJUE pues, tras los procesos selectivos, puede ocurrir que muchas personas que han estado trabajando en abuso de temporalidad durante años o décadas pueden perder su empleo. 

A  pesar de que la acción colectiva está muy restringida y de que no hemos podido visitar los centros para poder hablar y recoger opiniones entre todo el personal afectado como hubiéramos querido, hemos recibido múltiples peticiones para que diéramos el paso y denunciar esta situación. 


COMITÉ DE HUELGA


La noticia en los medios

TVE - Asturias min 5:45


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