SECCIÓN SINDICAL DE SINTTA - EDUCACIÓN EN ASTURIAS

8M - Mas del 60% del personal temporal en abuso somos MUJERES

 



SINTTAEDUCASTUR La sección sindical de Educación en Asturias de  SINTTA (Sindicato Nacional de Trabajadores de la Administración), está luchando activamente por la consolidación del personal interino  en abuso de la contratación temporal. En el día internacional de la mujer, queremos recordar que más del 60% del colectivo afectado son mujeres, la mayoría de ellas mayores de 45 años. Condenadas al paro y la exclusión social. si no consiguen estabilizar sus puestos de trabajo.

SINTTAEDUCASTUR, quiere agradecer en este día a todas las mujeres, compañeras en abuso de la contratación temporal, por el trabajo realizado durante los últimos años en defensa de los derechos laborales del personal temporal abusado por parte de las Administraciones Públicas. Organizarse en pequeños sindicatos, plataformas y coordinadoras para denunciar el abuso cometido y defender los derechos laborales de las trabajadoras y trabajadores temporales públicos.

Son mayoritariamente mujeres las que lideran esta lucha, las que se han manifestado, las que se han reunido con los partidos políticos, las que se han pronunciado en el Senado, en los plenos de los ayuntamientos, las que han llegado hasta la Comisión Europea y el Parlamento Europeo para denunciar el fraude que cometen las administraciones públicas españolas.

Y precisamente son mujeres, las que se han posicionado firmemente a favor del colectivo.

·      La  Sra. Juliane Kokott, abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea gracias al cual tenemos el pronunciamiento expreso de que las oposiciones, concurso-oposición, incluso el concurso de méritos, por ser procesos de resultado incierto, no son procesos válidos para sancionar el abuso cometido en nuestra contratación.

·  La Sra. María Emilia Casas Baamonde, expresidenta del Tribunal Constitucional, gran defensora de la igualdad y la no discriminación contra las mujeres, por el informe emitido que ampara legal y constitucionalmente las pretensiones de fijeza en nuestros puestos de trabajo.

·    La Sra. María Begoña Calvet Miró, magistrada del juzgado contencioso-administrativo número 4 de Alicante que dictó la primera sentencia de fijeza a favor de una trabajadora interina con 13 años de contratación temporal.

Tenemos claro que la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el sector público no se ajusta, ni de lejos, a los mandatos europeos y es del todo insuficiente. 

Y más cuando se utilizan argucias legales para incumplir de manera flagrante el espíritu de esta. Aún estamos esperando la identificación, por parte de la administración, de las plazas estructurales ocupadas durante años por personal interino y por tanto en fraude de ley, mientras la administración sigue convocando procesos selectivos, (PRIMARIA), adelantando incluso los tiempos para evitar los efectos de la ley.

En ella se articula un instrumento llamado proceso extraordinario para la consolidación del personal en abuso de temporalidad. Y observamos que no existe una voluntad REAL de la administración educativa  y los sindicatos mayoritarios para conseguir la mayor consolidación posible de trabajadores  públicos temporales en abuso.

Recordamos que se han realizado procesos de consolidación de personal temporal en nuestro país antes, cuando precisamente aún la mujer española no estaba empoderada en el mercado laboral y el colectivo afectado era en su mayoría masculino. Ahora, son  las mujeres quienes necesitan de la misma estabilización.

Desde SINTTAEDUCASTUR exigimos al Sr Adrian Barbon , Sr Cofiño y la Consejera de Educación, así como los presidentes de los sindicatos mayoritarios CCOO, ANPE, UGT, (mayoritariamente hombres), que no desaprovechen la oportunidad que tendrán en sus manos cuando se negocien los procesos de estabilización para posicionarse a favor de las víctimas de los abusos cometidos por parte de las administraciones públicas.


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Oposiciones Maestros. Lista provisional admitidos y excluidos. Ratios por especialidades.

Oposiciones Maestros 2022: Lista provisional admitidos y excluidos. 

Ratios por especialidades.


Resolución de 3 de marzo de 2022, de la Consejería de Educación, por la que se aprueba la lista provisional de personas admitidas y excluidas en el procedimiento selectivo para ingreso y acceso en los cuerpos a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y para adquisición de nuevas especialidades por el personal funcionario de estos cuerpos, convocado por Resolución de 7 de febrero de 2020.


Plazo 10 días hábiles subsanación errores

RATIOS



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Oposiciones Maestros. Tribunales, sedes y fechas


Oposiciones Maestros (2022). Tribunales, sedes y fechas



La Consejería nos ha transmitido la siguiente nota informativa en la que se especifican las sedes de las oposiciones a maestros/as 2022, así como, la previsión de que la primera prueba del procedimiento selectivo se celebrará a partir del día sábado 18 de junio de 2022.

SEDES

— 0597031 Educación Infantil.
Para la parte escrita de la primera prueba Aulario Sur, Aulario Norte y Departamental Oeste del Campus de Gijón de la Universidad de Oviedo. 
Para las lecturas de la primera prueba y la segunda prueba el IES Jerónimo González, el CP Gervasio Ramos y CP José Bernardo, todos de Langreo

— 0597032 Lengua extranjera: inglés. 
Para todas las pruebas el IES Aramo y el IES Doctor Fleming, ambos de Oviedo.

— 0597034 Educación física. 
Para todas las pruebas el CIFP Sectores industrial y de servicios de Gijón.

— 0597035 Música. 
Para la parte escrita de la primera prueba IES Universidad Laboral de Gijón. 
Para las lecturas de la primera prueba y la segunda prueba el Conservatorio Profesional de música de Gijón.

— 0597036 Pedagogía terapéutica. 
Para la parte escrita de la primera prueba IES Virgen de la Luz e IES Carreño Miranda ambos de Avilés. 
Para las lecturas de la primera prueba y la segunda prueba el IES Virgen de la Luz.

— 0597037 Audición y lenguaje. 
Para todas las pruebas el IES Bernaldo de Quirós de Mieres.

— 0597038 Educación primaria. 
Para la parte escrita de la primera prueba Aulario del campus Cristo A de Oviedo. Para las lecturas de la primera prueba y la segunda prueba el CP La Corredoria y el CP Poeta Ángel González, ambos de Oviedo.

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EDUCASTUR CL@VE. Sistema de solicitud y recuperación de contraseñas y PIN de acceso a servicios


EDUCASTUR CL@VE. Sistema de solicitud y recuperación de contraseñas y PIN de acceso a servicios

QUÉ ES EDUCASTUR CL@VE

Es un sistema que permite crear y recuperar por internet, de forma individual y autónoma, las credenciales de acceso a servicios educativos mediante cl@ve o certificado electrónico. Actualmente están disponibles los siguientes procedimientos:

PROFESORADO EN ACTIVO. Crear y recuperar la contraseña de la cuenta educastur. Y también el nombre de usuario para personal de nueva incorporación.

PERSONAL INTERINO. PIN de acceso a la petición de plazas. Solo para personal que figure en los listados de la correspondiente convocatoria de personal interino.

ASPIRANTES EN PROCEDIMIENTOS SELECTIVOS DE EDUCACIÓN. PIN de acceso a las consultas de información del procedimiento selectivo.





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Evaluación docente. Plazo de adhesión al Segundo Plan de Evaluación docente 2021-2022


Evaluación docente. Plazo de adhesión al Segundo Plan de Evaluación docente 21-22

Resolución de 3 de febrero de 2022, de la Consejería de Educación, por la que se aprueba la apertura del plazo de solicitud de adhesión al Segundo Plan de Evaluación de la función docente y progresión al tramo B, así como la renuncia al tramo o Plan aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 9 de abril de 2021. + info




Plazo de solicitud: del 19 de febrero al 10 de marzo de 2022.

La presentación de solicitudes a través de SAUCE, con la clave personal, estará abierta a partir del 19 de febrero. ¡Ojo!: no tendrán validez las solicitudes presentadas en modo prueba (ya hubo errores el curso pasado en esta materia).


NOTAS. 

Certificación de servicios prestados en otras Comunidades Autónomas u Organismos

  • Los solicitantes que deseen que se les computen servicios prestados en otras Comunidades u Organismos a efectos de acreditar la antigüedad requerida para la adhesión al presente Plan, deberán haber tramitado el correspondiente reconocimiento de servicios previos en el Principado de Asturias o tramitarlo antes de finalización el plazo de solicitudes.
  • El modelo de solicitud de reconocimiento de servicios previos en el Principado de Asturias se encuentra disponible en el apartado de Documentación relacionada  al final de la siguiente ficha.

Es importante recordar que solo tendrán que hacer el trámite de adhesión las personas que no se adhirieron el año pasado, o aquellas que lo hicieron al tramo A y este año cumplan requisitos para su progresión al B (5 años de permanencia en los planes de evaluación de la función docente con al menos 4 evaluaciones positivas).

De esta manera, el personal docente que ya está en el tramo B no debe realizar ningún trámite; tampoco las personas adheridas al tramo A que todavía no reúnan los requisitos para su paso al B. 
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ACTUALIZACION SOBRE EL ESTADO DE LA DEMANDA DE LAS OPES DE ASTURIAS 2019


 INFORMACIÓN SOBRE EL ESTADO DE LA DEMANDA DE LAS OPES DE ASTURIAS 2019 a fecha 27-1-22 


Con base a las sentencias y autos del TJUE y en las últimas sentencias de FIJEZA que empiezan a ser mas frecuentes en los juzgados españoles, se hace aún más imprescindible apoyar las impugnaciones de las ofertas de empleo publico y dar continuidad a las que ya están en marcha.

SINTTA ha impugnado las OPEs  de 2017 y 2018  en Aragón y la OPE de 2019  en Asturias  Ambas, están basadas en denunciar la inaplicación de la jurisprudencia Europea, sino también la inconstitucionalidad del artículo 19 de la ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y 19.de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018,que luego con diferentes matices ha ido perdurando en las sucesivas leyes presupuestarias. 

Gracias a las generosas aportaciones particulares SINTTA PRESENTÓ LA DEMANDA EN EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO en el año 2019 con el objetivo de ANULAR OPES DE ESTABILIZACIÓN 2019 de ASTURIAS POR FRAUDE 

"Por parte de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, se ha remitido requerimiento en relación con el recurso contencioso-administrativo, procedimiento ordinario, número P.O. 195/2020, interpuesto por Sindicato Nacional de Trabajadores Temporales de la Administración, frente al Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 27 de diciembre de 2019, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2019 de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos (BOPA 30/12/2019)" .

Pero esto aún no ha acabado 
Se sigue necesitando un pequeño empujón económico.

Estado de la impugnación de las OPEs de Asturias de 2019

Pese a haberse presentado más tarde que las de las OPEs de Aragón, su estado se encuentra más avanzado y tras sentencia desfavorable en las primeras instancias. Ya está elaborado y presentado el escrito de Casación ante el Tribunal Supremo y se está a la espera de que este lo admita o no. 

De no hacerlo, habría que pagar las costas interpuestas en el TSJ de Asturias y el resto de emolumentos del abogado, para lo cual, dos años después, aún no hemos conseguido recaudar todo el dinero. 

Aún faltan unos 1200 €. Por ello aun mantenemos la recaudación abierta .

SI quieres colaborar sigue el siguiente ENLACE 

De ser admitido, la sentencia, (que en un muy alto porcentaje es favorable), podría suponer la elevación de un recurso de inconstitucionalidad del artículo 19.1 de la Ley General de Presupuestos del estado del 2017 y subsiguientes al Tribunal Constitucional (TC) e incluso la decisión del Supremo de anularlas por no adecuarse a derecho europeo. 

Si el Tribunal Constitucional analizase el caso admitiese dicha inconstitucionalidad, esto supondría la invalidación automática de todos los procesos selectivos realizados y a realizar en todo el territorio español al amparo de la LPGE desde 2017. 

Lo cual supondría un mazazo en la línea de flotación de las actuaciones de los gobiernos nacionales, autonómicos y locales de todo el país, a los que no les quedaría otro remedio que tener que regularizar administrativamente a los trabajadores públicos en fraude.

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Procedimiento de sustituciones exprés – Una oportunidad perdida

 


Los dos años de evolución pandémica,nos ha mostrado, en diciembre de 2021, señales de los cauces por la que se iba a desarrollar a partir de entonces. Teníamos ejemplos más que evidentes de la situación previsible en las aulas, sin mas que observar a nuestros países vecinos.

A pesar de los indicios y las peticiones de los trabajadores/as, la Consejería de Educación del Principado de Astucias ha demostrado, (una vez más), su falta de previsión. Solo obligada por el número elevado de casos de profesionales contagiados por el COVID ha movido ficha, con la llamada convocatoria exprés de interinos.

Con los antecedentes históricos de la Consejería de Educación en la gestión de las listas de interinos podemos decir alto y claro, que el nuevo sistema de sustituciones exprés, no nos gusta, ni nos agrada, cuando además va unido a una falta de transparencia  y de control en la adjudicación de interinos.

Este procedimiento exprés, en principio excepcional, añade más incertidumbres que certezas y predecimos que en el desarrollo del mismo nos encontraremos numerosos incidentes dependientes de la casuística personal de cada uno de los solicitantes.

No es de recibo que el futuro de muchos trabajadores/as pase a depender de una llamada telefónica en un periodo de 30 minutos condicionada por las circunstancias personales y técnicas que la rodean.

Esta es una oportunidad perdida por las organizaciones sindicales presentes en la mesa de negociación de abordar y atajar el problema del retraso en las sustituciones del personal afectado por una baja laboral de una vez por todas, y recuperar condiciones laborales previas a la crisis económica del 2012. (Para ello simplemente debían exigir que la tramitación de una baja y su sustitución fuera en el momento en que esta se produce).

En su lugar,consienten y promueven la mayor modificación del actual acuerdo de interinos que profundiza en la precarización del colectivo interino, con la excusa de la excepcionalidad,

Una oportunidad perdida por una Consejería de educación, que siempre ha aludido a causas de incapacidad técnica para poder agilizar el sistema. ¿Es que ahora han dejado de existir esas causas?. La convocatoria exprés demuestra que tiene los medios técnicos y materiales para cumplir las reiteradas peticiones de SINTTAEDUCASTUR para agilizar al máximo los plazos en el sistema de convocatorias ordinarias. Por otro lado, de las instrucciones dictadas se desprende que con una simple reorganización es posible llevar el procedimiento por medios telemáticos como se venía haciendo. No es necesario inventarse un nuevo procedimiento telefónico que a nuestro juicio carece de las debidas garantías

SINTTAEDUCASTUR, (la sección sindical en Educación de Asturias de SINTTA) ha demandado. desde hace tiempo, la necesidad de un procedimiento ágil de sustituciones del profesorado. basado en dos puntos.

-         - La posibilidad de que las direcciones de los centros puedan solicitar la sustitución de un trabajador de baja laboral, desde el mismo momento que tiene conocimiento de esta. (sin tener que esperar  10 días lectivos para iniciar su tramitación, cubriendo la ausencia con los mermados recursos propios).

-        - La agilización de los procedimientos actuales de adjudicación, con una replanificación pudiendo realizarse dos convocatorias semanales en casos de necesidad como la que nos ocupa.

Porque entendemos que el problema no es fruto de la situación pandémica actual. Esta situación simplemente lo ha hecho más visible. La problemática de fondo radica en la aplicación una normativa restrictiva, (aplicada curso tras curso), basada en las instrucciones dictadas por el gobierno de Mariano Rajoy durante la crisis de 2012, y transpuestas por la Consejería de Educación asturiana, con el objetivo de limitar al máximo el absentismo laboral. (que también se suponían excepcionales).

Normativa que obliga a los centros a suplir las bajas laborales durante los primeros 10 días lectivos con personal del propio del centro y únicamente permite a las direcciones de los centros iniciar los trámites de petición de sustitución del personal afectado una vez finalizado ese plazo. Tramites que, con mucha suerte, suponen al menos 5 días lectivos más.

Así en el curso actual, en las instrucciones de inicio de curso y bajo el epígrafe INSTRUCCIONES PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS POR FUNCIONARIOS DOCENTES INTERINOS EN CENTROS EDUCATIVOS DEPENDIENTES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN , (apartado V, subapartado V.2  sobre sustitución de funcionarios docentes a lo largo del curso escolar). Establece las reglas para el nombramiento de personal funcionario interino por sustitución transitoria del personal docente titular

V.2.a) Los primeros diez días lectivos deberán ser atendidos con los recursos del propio centro docente.

V.2.b) Transcurrido dicho período de diez días lectivos será posible el nombramiento de personal docente interino siempre que se acredite que no es posible atender las necesidades mediante una optimización de los medios personales existentes a través de la reordenación correspondiente y que resulta necesario para garantizar la prestación del servicio público educativo.

Con esta norma vigente, actualmente desde que se inicia la situación de baja de un trabajador hasta que se incorpora un suplente trascurren, como poco, 2 semanas. 

Plazo que se nos antoja inaceptable en cualquier organización.Algo que debería de ser prioritario para esta Consejería, en aras de dar un servicio de calidad y de garantizar los derechos del alumnado, y no sólo durante un mes, cuando la situación de la pandemia apremia. Las necesidades de nuestros hijos cuando falta profesorado son las mismas sea cual sea la causa. Es inadmisible dejarles sin docente durante varias semanas de manera ordinaria y sistemática. Algo que nos debería de avergonzar, máxime cuando en otras administraciones esto no ocurre.

La propia Consejería ha dejado plasmado el relato de esta situación caótica en la que se ha visto inmersa y que demuestra la falta total de previsión: Mientras el 20-12-2021, la Consejería de Educación publica por primera vez un calendario con las adjudicaciones del personal interino hasta final de curso (VER ENLACE), solo tres semanas después se ve obligada a un numeroso despliegue epistolar con el fin de matizar, cada vez más, y defender, (como solo la Consejería sabe), el nuevo invento de la convocatoria exprés vía telefónica..Donde la urgencia, por si misma, no explica el cambio de modelo y que ahonda en la precariedad laboral de los interinos..

Procedimiento de urgencia para la sustitución de bajas docentes (Ómicron, COVID-19). Centros públicos (VER ENLACE). 

Unanimidad en el procedimiento exprés de sustitución de docentes durante el pico epidémico (VER ENLACE) 

AVISO PERSONAL INTERINO. Procedimiento telefónico para sustituciones de emergencia (VER ENLACE) 

INSTRUCCIONES: “PROCEDIMIENTO DE URGENCIA PARA LA SUSTITUCION INMEDIATA DE BAJAS LABORALES” PROCEDIMIENTO A SEGUIR POR LOS CENTROS EDUCATIVOS:  (VER ENLACE) : 

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CONVOCATORIA Y NORMATIVA PROCEDIMIENTO URGENTE DE SUSTITUCIONES

 


PROCEDIMIENTO URGENTE DE SUSTITUCIONES. 
Convocatoria extraordinaria de plazas 20/01/2022 y resolución. Se realizaran llamadas excepcionalmente hasta las 14:00.     (VER ENLACE)

PROCEDIMIENTO PARA ACTUALIZACIÓN DE DATOS TELEFÓNICOS:

Aquellas personas que formen parte de la lista de interinos y no tengan el número de teléfono actualizado deberán escribir un correo electrónico a profesoradointerino@educastur.org, indicando su nombre y apellidos, adjuntando copia del DNI y número de teléfono actualizado.

Este procedimiento de actualización de datos es solo y exclusivamente para personas que no tengan los datos telefónicos actualizados.

NORMATIVA Y COMUNICACIONES REFERENTES A LA SUSTITUCIÓN DE BAJAS DOCENTES DURANTE EL PICO PÁNDEMICO.

- Procedimiento de urgencia para la sustitución de bajas docentes (Ómicron, COVID-19). Centros públicos (VER ENLACE). Próxima publicación en BOPA

- AVISO PERSONAL INTERINO. Procedimiento telefónico para sustituciones de emergencia (VER ENLACE) 

- INSTRUCCIONES: “PROCEDIMIENTO DE URGENCIA PARA LA SUSTITUCIÓN INMEDIATA DE BAJAS LABORALES” PROCEDIMIENTO A SEGUIR POR LOS CENTROS EDUCATIVOS  (VER ENLACE) 

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Propuesta del Nuevo sistema de adjudicaciones COVID

Esta organización sindical, como viene siendo habitual, se ha enterado por los medios de comunicación de la nueva propuesta de la Consejería referente a un nuevo procedimiento de adjudicación de vacantes y sustituciones excepcional por la COVID


.- Asturias habilitará un nuevo sistema para agilizar la cobertura de bajas en educación   (VER  NOTICIA)

- Educación replicará el sistema para agilizar las sustituciones en la concertada (VER NOTICIA)


El nuevo procedimiento bautizado como "llamamiento exprés de interinos" en teoría , se negociara el lunes 17 de enero de 2022, con los sindicatos representados en la mesa sectorial y tiene como objetivo agilizar las sustituciones en los centros educativos . Se fundamenta en la oferta de las plazas mediante llamadas telefónicas desde la Consejería. Con la intención de que el personal se pueda incorporar al centro en 24 horas ,estas llamadas se organizaran tres días a la semana,-lunes, martes y viernes- y todas aquellas plazas publicadas que no se puedan cubrir a lo largo de la jornada se continuarán ofertando por el mismo procedimiento en la siguiente. 

En principio, según los medios, este sistema,se aplicará mientras dure la actual ola de coronavirus, (durante un mes), y se habilitará en paralelo a la convocatoria ordinaria del personal interino que se hace cada martes,

Pero también esta sujeto a umbrales, se sustituirán dos personas para los claustros de 9 docentes; tres, para los de 10 a 15; cuatro, para los de 26 a 50;  seis, para los de 51 a 75, y nueve, para los de 76 o más docentes.

Las plazas que se incluyan aparecerán publicadas en la web de Educastur antes de que se comiencen a realizar las llamadas telefónicas al personal interino,

Aunque exigimos un cambio y un procedimiento que agilice la sustitución de los docentes ,(VER ENLACE). Nuestra propuesta iba en la linea en que se hicieran 2 llamamientos con el actual procedimiento cuya validez jurídica esta avalada y reduciendo los tiempos de adjudicación al día siguiente. No parece que suponga una enorme complicación técnica.

No nos gustan, ni nos agradan los inventos de la Consejería, normalmente vendidos para cubrir situaciones temporales, (excepcionales) y la postre se convierten en permanentes y en norma, con un claro objetivo de eludir la fiscalización de sus actuaciones. La propuesta se nos antoja un sistema opaco , generador de conflictos y lo mas preocupante sin control externo.

 
Primero. Como viene siendo habitual nos enterarnos de las intenciones de la Consejería mediante los comunicados enviados a las agencias de noticias. Entendemos que todas las decisiones que influyan en las condiciones de trabajo de los trabajadores de la Consejería han de pasar en primer lugar por la Junta de Personal Docente no universitario (JPD), para una vez oídos los representantes de los trabajadores se habrá una negociación con aquellas organizaciones sindicales que obtuvieron el mínimo necesario de votos para estar representados en esa mesa sectorial. 


Segundo. Si lo que realmente se quiere es garantizar la calidad de la atención educativa recibida por el alumnado, parece lógico comenzar por eliminar la norma temporal restrictiva de los 10 días, recogida en las INSTRUCCIONES PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS POR FUNCIONARIOS DOCENTES INTERINOS EN CENTROS EDUCATIVOS DEPENDIENTES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN que en el apartado V sobre sustitución de funcionarios docentes a lo largo del curso escolar. subapartado V.2 establece las reglas para el nombramiento de personal funcionario interino por sustitución transitoria del personal docente titular

V.2.a) Los primeros diez días lectivos deberán ser atendidos con los recursos del propio centro docente. 
V.2.b) Transcurrido dicho período de diez días lectivos, será posible el nombramiento de personal docente interino siempre que se acredite que no es posible atender las necesidades mediante una optimización de los medios personales existentes a través de la reordenación correspondiente y que resulta necesario para garantizar la prestación del servicio público educativo.

Tercero.. Este nuevo procedimiento para cubrir las necesidades de personal de los centros es restrictivo, marca unos umbrales que claramente indica que no se ofertaran todas las vacantes y sustituciones, y que se prioriza el mantenimiento del centro abierto sobre la atención educativa de calidad del alumnado. 

Cuarto. La introducción de este sistema supone que habrá que realizar una modificación en el actual acuerdo de interinos,(apoyado únicamente por UGT y AMPE), para dar seguridad jurídica a los trabajadores/as. Un nuevo parche que  esperemos no se realice por la puerta de atrás, como en el cambio de criterio en la selección de las bolsas de empleo. Costo años de lucha, que las peticiones, (como todo acto administrativo), quedaran registradas y así evitar los conflictos frecuentes entre la administración y solicitantes.
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SINTTA Educastur exige a las autoridades educativas asturianas la adopción de las medidas sanitarias y organizativas para una vuelta a las aulas segura

SINTTA Educastur exige a las autoridades educativas asturianas la adopción de las medidas sanitarias y organizativas para una vuelta a las aulas segura

Durante el curso 20-21 en los centros educativos asturianos hemos estado capeando la crisis sanitaria de la COVID, con el esfuerzo y voluntad de toda la comunidad educativa y con medidas que resultaron ser beneficiosas, como las entradas escalonadas, higiene, distancias de seguridad, sectorización de patios, uso generalizado de la mascarilla, ratios reducidas y contratación de más profesorado para atender a los desdobles de aulas.

Pero la cosa cambio con el arranque del curso 21-22 , relajándose muchas de las medidas que tan buen resultado dieron el curso pasado. Así en el último episodio hemos asistido a las decisiones de la conferencia Nacional de Sanidad y Educación del día 4 de enero (con datos de la última semana de diciembre), cuya máxima ha sido asegurar el carácter asistencial de los centros educativos para mantener la actividad económica y que esta no se vea afectada por la ausencia de los trabajadores/as que deberían cuidar de sus hijos.

Con este objetivo se ha propiciado un cambio en los protocolos COVID de los centros educativos, donde destaca que solo se pondrán en cuarentena los casos positivos y no harán cuarentena los contactos estrechos estén o no vacunados. Mientras que para otros sectores de la administración se adaptan medidas de prevención de riesgos laborales contra la COVID  como, el teletrabajo, la atención presencial con cita previa y mamparas de protección. En cambio, en educación la única protección recomendada es la de mascarilla quirúrgica (Por su propia seguridad los profesionales se han dotado de mascarillas FFP2 pagadas de su bolsillo) y la ventilación cruzada

En un recrudecimiento de la crisis sanitaria se añaden medidas menos restrictivas a las ya adoptadas al inicio del curso, como si la pandemia hubiera tocado su fin o se intentara hacer el contagio universal, con las consecuencias socio-sanitarias que esto conlleva.

En esta línea, el día 5 de enero, la Consejería de Educación del Principado presento en la mesa general de negociación de personal docente no universitario, (mesa en la que no tiene representación SINTTA), una  propuesta para la vuelta a las aulas el día 10 de enero de 2020  que no es realista y no aborda las cuestiones fundamentales planteadas por el profesorado. Ver propuesta

La Consejería de Educación nuevamente hace oídos sordos a las evidencias científicas y la experiencia de los centros educativos europeos, (que ya han regresado de sus vacaciones), y cuyo volumen de incidencia ha provocado que se estén cerrando aulas de manera masiva. Su único argumento es que “los centros educativos son seguros”, desoyendo las particularidades de la situación actual de la crisis sanitaria

“Desde que este lunes se abrieran de nuevo las aulas en Francia, se han detectado 47.453 casos positivos de alumnos y 5.631 entre el personal docente, según los datos facilitados por el Ministerio de Educación. Además, hay cerrados 28 centros escolares al completo y 9.202 clases confinadas por los contagios.”  FUENTE 

"Directores de colegios de Italia piden no abrir hasta finales de enero por el avance de ómicron. Miles de trabajadores educativos envían una carta a Draghi en la que apuestan por las clases en remoto hasta, mínimo, el 24 de enero." FUENTE

"Los profesores franceses van a la huelga por el caos de ómicron. Macron asegura que mantendrá su ataque frontal a quienes se niegan a vacunarse porque ponen en peligro «la vida de los demás» " FUENTE


Si algo hemos aprendido de este virus, es que hay que evitar concentraciones de personas en lugares cerrados y mal ventilados. El aumento de ratios y el invierno convierten las aulas en un excelente campo de cultivo del virus. Además la variante ÓMICRON , mucho más transmisible y la situación de los países europeos de nuestro entorno nos hacen presagiar un desenlace temible. Alumnado, personal de servicios y profesorado enfermos con un índice de transmisión disparado e inevitablemente al cierre de aulas

SINTTA  considera que para una vuelta segura a las aulas se debe:

  1. Acelerar la vacunación de refuerzo del profesorado y de los alumnos no vacunados
  2. Facilitar test de antígenos a la comunidad educativa, así como mascarillas FFP2 a todos sus trabajadores
  3. Mantener el confort térmico de las aulas asegurando la ventilación cruzada.
  4. Restablecer los llamados “griposos”, mediante declaración jurada, para permitir que un trabajador enfermo no se vea obligado a ir a su centro de trabajo
  5. Atención al personal docente vulnerable, mediante una segunda actividad o el teletrabajo
  6. Habilitar mecanismos ágiles para que las previsibles bajas del profesorado no interrumpan la actividad lectiva.
Pese a las advertencias reiteradas desde hace meses de este sindicato, los datos reveladores de otros países y la previsibilidad de la situación. De nuevo esta Consejería elude sus responsabilidades y la ausencia de medidas efectivas y previsión se convierten en el "modus operandi" habitual. 

La comunidad educativa al completo está en peligro y es puesta a los pies de los caballos debido a la inoperancia de sus supuestos líderes, que se empeñan en esconder la cabeza como el avestruz ante los problemas.

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Hoy día 29 de diciembre de 2021 se publica en el BOE la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. (procedente del Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio ICETAZO) VER BOE


¿Será una inocentada, o simplemente una nueva tomadura de pelo de la clase política que nos dirige?


La Ley de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público es sin duda alguna una de las construcciones legales más chapuceras en la historia de la democracia española

1. La ley se aprueba a lo "Juan Palomo". Administración y sindicatos afines generadores del problema , mediante esta ley se conjuran a que la cosa no se volverá a repetir "y lo juran por Snoopy", con mucho ruido y pocas nueces. De espalda al personal afectado del mayor fraude laboral en la historia de este País y por supuesto sin escuchar, ni dialogar con el colectivo que sufre el fraude de ley por abuso en la contratación temporal en todas las administraciones públicas.

2. Lo preocupante, es que sigue sin asumir la directiva 1999/70 de la UE y las sentencias y autos del TJUE. Por lo que nos tememos esta ley quedara en nada, como paso en el caso Italiano. Porque entre otras cosas sigue sin asumir sanción alguna a la propia administración y unas indemnizaciones eficaces, proporcionales y disuasorias para los afectados como ya ha remarcado el TJUE es su ya numerosa jurisprudencia.

3.  No asumiendo la responsabilidad generada, al no disponer las leyes nacionales de una sanción pertinente, por lo que, correspondería la asunción de la fijeza del personal afectado por el fraude.

5. Que no se consolida al personal afectado, se consolidan plazas.

6. Que la comparativa adoptada en el sector privado es razonablemente muy diferente, y fue radicalmente adoptada con una celeridad inusual y aplicando la correspondiente sanción. En lo privado si se cumple normativa de la UE, en lo público NO.

7. Que se genera en el personal afectado por el fraude, una diferenciación presuntamente ilegal, vulnerando los derechos adquiridos por todo el personal afectado, al infligir las distintas administraciones públicas la directiva 1999/70, durante los últimos 20 años.

8. Que la ley aprobada debería regularizar al personal afectado, con procedimiento específico al personal en fraude de ley por abuso de la contratación temporal en las distintas administraciones públicas.



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SINTTA rechaza el borrador de acceso a la función pública docente.

 SINTTA rechaza de plano el nuevo borrador de acceso a la función pública docente y exige el cumplimiento de las directivas europeas y sentencias del TJUE



En la Mesa Sectorial del Ministerio de Educación celebrada el día 21 de diciembre de 2021 la Administración ha propuesto a los sindicatos con presencia en la misma (ANPE, CC.OO., UGT, CSIF, STEs-i, CIG y ELA), el traslado de la trasposición de la Ley de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público (“Icetazo”) al sector docente no universitario.(Ver entrada posición de SINTTA ante esta ley), mediante un borrador de la propuesta de modificación del RD 296/2007 (Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades) que os adelantamos en una entrada anterior

Ahora los culpables de esta vergonzosa situación, (administración y sindicatos consentidores del sector educativo), tienen prisa en su intento en transponer una norma nacional (aun no publicada) a un sector concreto como es el educativo, cuando han tardado más de 20 años en un intento de transponer la Directiva 1999/70 a una norma nacional a través de la Ley de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, que a nuestro entender está lejos de cumplir con la directiva 1999/70, ni las sentencias de 19 de marzo de 2020, ni la de 3 de junio de 2021 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Adjuntamos el segundo borrador del nuevo RD (en rojo los cambios respecto al primero), base de la negociación en la Mesa Sectorial del Ministerio de Educación.

La fecha prevista para publicar el nuevo RD de acceso es febrero o marzo, lo que condiciona que todas las oposiciones publicadas con anterioridad (caso de Asturias, Baleares y Navarra, "curiosamente con gobiernos del PSOE") tendrán que regirse por el RD 276 /2007 en caso de convocar únicamente vacantes de “reposición”.

SINTTA nace con el objetivo de denunciar el fraude masivo de contratación temporal en las administraciones públicas, llevamos años en esta lucha y no solo hemos denunciado públicamente la situación, sino que hemos aportados soluciones factibles y a coste 0, basadas en la máxima PRIMERO SOLUCIONES Y LUEGO OPOSICIONES bajo tres principios básicos como la inspección de los trabajadores en fraude de contratación, el resarcimiento de estos y la sanción a la administración incumplidora.

Nos llamaron locos cuando planteábamos la problemática ante la propia administración del fraude en la contratación temporal. De primeras nos dijeron que no existía fraude, para años después reconocer públicamente, (obligados por Europa), que por lo visto si lo había, pero que aún hoy siguen sin muchas ganas de contabilizarlo, (ya lo dijo ICETA, unas 300000 personas, según sus criterios subjetivos de fraude en la contratación temporal).

Por eso SINTTA lleva años exigiendo la fiscalización e inspección y una auditoria publica de las personas contratadas en fraude de ley en las administraciones públicas.

Una vez reconocido públicamente el fraude, la administración y sindicatos afines han intentado minorar el volumen del fraude, jugando con las cifras. Conocedores que sin una auditoria e inspección es complicado fiscalizar el volumen del fraude, pero como muestra la hemeroteca, en sus declaraciones públicas, estas cifras han ido evolucionando siempre al alza.

La sección sindical SINTTAEducastur a través del portal de transparencia del Principado de Asturias  ha obtenido de la propia administración educativa asturiana el reconocimiento de que al menos 865 docentes cumplen con los criterios de fraude en la contratación laboral temporal marcados por la sentencia del 19 de marzo de 2020 del TJUE (más de tres años de concatenación de contratos), PA/159/2021/662, mientras el Sr Cofiño en sede parlamentaria informa públicamente que solo hay 200 destinos docentes ocupados por personas en fraude de contratación, (según sus propios criterios de fraude), Informe que en virtud del derecho que nos asiste le hemos solicitado, sin respuesta, por no variar),.Ver entrada Cofiño vive en una realidad paralela

En todo este proceso los generadores del problema, (la propia administración y los sindicatos afines que la han consentido), han empezado a confundir de manera intencionada la sanción a un fraude laboral masivo con el derecho de acceso a la función pública. Ya sabéis aquello de igualdad, mérito y capacidad obviando que todo funcionario público accede con procesos que cumplen estos principios, lo contrario se llama prevaricación.

También a no distinguir de manera interesada los distintos tipos de interinidad metiendo en el mismo saco la interinidad legal, necesaria para el funcionamiento de la administración y la interinidad ilegal endémica que debe ser erradicada, resarciendo a las personas abusadas y con sanciones suficientemente disuasorias para que la administración incumplidora no repita la contratación ilegal.

SINTTA ha propuesto y promovido en las diferentes reuniones políticas, una doble vía de acceso acorde con las directivas europeas y cuyos principios están claramente recogido en la mencionada sentencia del 19 de marzo del TJUE .Pero esta era rechazada por aquello de la igualdad, mérito y capacidad, la supuesta inconstitucionalidad de la medida y la obstinación de la administración sindicatos afines en defender sus intereses empresariales y no cumplir las sentencias del TJUE

La doble vía planteada por SINTTA

   - La ordinaria para las plazas vacantes resultantes de la reposición, fallecimientos, concursos de traslados y recogida en el TREBEP, pero incumplida de forma sistemática por la administración en cuanto a los plazos de convocatoria y el número de plazas ofertadas. Tenemos claro que la ley ya existía solo había que cumplirla. La reforma del TREBEP es una cortina de humo, si la administración incumplío de manera sistemática con el anterior, ,¿quién nos asegura que se cumplirá con las reformas?

 - La de estabilización mediante una regulación administrativa como la propuesta en el informe de Dña. María Emilia Casas a través de la figura del trabajador/a “indefinido a extinguir”. En definitiva, la estabilización en el puesto de trabajo como sanción al fraude laboral cometido durante décadas acorde a las directivas europeas y las sentencias del TJUE, de obligado cumplimiento por toda institución del reino de España.

Esta organización no ha defendido el mal llamado concurso de méritos, por justamente lo que estamos observando, la politización del proceso sujeto a intereses sindicales y políticos en lugar del interés del trabajador abusado. Jugando con aquellas baremaciones más acordes con sus intereses empresariales que darán como resulltado un procedimiento teledirigido hacia un perfil muy concreto de docente en abuso de temporalidad.

Administración y sindicatos afines siempre hablan de plazas, nosotros de personas. 

Las plazas no son las abusadas, las personas sí. 

El resarcimiento del abuso es sobre la persona abusada no sobre la plaza como vienen indicando la numerosa jurisprudencia al respecto.  


Durante estos años, la administración con el consentimiento de los sindicatos afines ha ido convocando procesos selectivos ordinarios y los mal llamados de estabilización, fruto del fracasado ACUERDAZO que las mismas organizaciones sindicales firmaron junto con el señor Montoro. Ambos procedimientos de acceso presentaban idénticos criterios de selección y como se ha demostrado tenían como único objetivo diluir en los procesos a las personas en situación de fraude laboral, evitar el reconocimiento de su abuso, así como el resarcimiento de sus víctimas y de paso esquivar la sanción a la administración incumplidora.

SiNTTA ha solicitado y promovido el retraso de estos procesos selectivos en la administración asturiana mientras estas plazas en fraude de ley no estén claramente fiscalizadas para su exclusión de los procesos selectivos celebrados, por ser contrarios al TREBEP, a las directivas europeas y la jurisprudencia del TJUE. Ver entrada SINTTA solicita la SUSPENSIÓN de las OPES DE ESTABILIZACIÓN en las Consejerías del Principado de Asturias

Los borradores del nuevo Real Decreto (RD) de acceso a la función pública docente que nos llegan desde la mesa de negociación y que en principio tienen por objetivo asentar al personal interino por una doble vía o acceso diferenciado pone de manifiesto que la doble vía tiene encaje constitucional como SINTTA ha venido defendiendo desde el inicio, pero lo que se está negociando, nada tiene que ver con las reivindicaciones de nuestra organización. 

En estos borradores los pirómanos y generadores del problema, se proponen a actuar ahora de bomberos sugiriendo vías que les permitan tener el control del fuego mediante el control político de las ofertas de empleo. Opciones que no sancionan a la administración infractora, ni garantizan la estabilidad en el empleo de las víctimas del fraude laboral, al ser procedimientos de libre concurrencia y no restringidos.

Así proponen:

Una primera vía ordinaria donde se mantiene el concurso-oposición para las vacantes de “reposición”, pero con una serie de modificaciones respecto al concurso-oposición al que nos tenían acostumbrados, pero se asemejan mucho al de otros periodos transitorios

 -. Las pruebas no serán eliminatorias – Se requerirá una nota mínima de 5 entre las dos
 -. Se elimina el práctico para el grueso de especialidades.
 -. La parte segunda de la prueba se simplifica pudiendo elegir entre la defensa de la programación o la exposición de una unidad didáctica, etc.
 -. Las oposiciones de 2022, 2023 y 2024 se realizarán bajo esta regulación salvo en las comunidades donde ya están convocadas o las convoquen antes de la entrada en vigor del nuevo RD.

Como en otros periodos transitorios, no hay compromiso ninguno de cifras y queda en manos de cada comunidad autónoma el número de vacantes a ofertar y la aplicación del decreto de acceso. Con la experiencia de procesos transitorios anteriores, en este, se vuelve a prometer llegar a una tasa de temporalidad del 8%. Promesa que rápidamente será olvidada en el baúl de las buenas intenciones cuando los intereses póliticos y económicos de la propia administración y sindicatos afines peligren.

Una segunda vía extraordinaria “de estabilización“ mediante concurso de méritos, fijando administración y sindicatos afines unas condiciones acordes a sus propios intereses con las que no estamos de acuerdo.

1-. Han establecido la fecha 2012 para algunos méritos de manera arbitraria, con el fin de esconder sus vergüenzas, (recordar que la crisis financiera y las restricciones al empleo público comenzaron en 2008). Haciendo creer a la opinion pública que el fraude de la contratación es cosa del ejecutivo del PP, obviando su  existencia con anteriores ejecutivos y el incumplimiento sistémico en las plazas ofertadas, (un 60% inferior a lo necesario) y las nulas opciones en algunas especialidades

Al menos seria coherente establecer como fecha la del incumplimiento efectivo de la directiva 1999/70.

2-. Las plazas de estabilización no serán restringidas, parece ser que, aunque el fraude laboral lo comete la Consejería de educación asturiana, sobre sus propios trabajadores/as de los centros públicos no concertados, el único resarcimiento que se les plantea a estos trabajadores abusados es un concurso de méritos en el que tendrán que competir con aspirantes de diversas CCAA que podrán optar a presentarse en el Principado de Asturias para alcanzar una plaza de estabilización, aunque en su vida hayan trabajado para la administración asturiana. 

Por otro lado, no cierra la puerta a que compitan profesionales provemientes de la enseñanza concertada de las distintas CCAA y mantenida con fondos públicos.

Algo totalmente fuera de toda lógica en la empresa privada y contrario a la jurisprudencia del TJUE que establece que estos procesos de resultado incierto no son sanción al abuso cometido. Se resarce a la persona concreta que ha sido abusada, no se la da un boleto para participar en un concurso donde si tiene suerte obtendrá su resarcimiento.

3-.  Los baremos establecidos son arbitrarios y dejan otra vez en evidencia las verdaderas intenciones de la administración y los sindicatos afines con respecto a los interinos de larga duración, actuando por obligación legal, (que no por convencimiento), bajo los mismos principios rectores que han seguido durante estas últimas décadas y que son germen de esta situación. 

No es de recibo la limitación de méritos en un concurso de méritos, salvo que se intente teledirigir la selección del personal hacia un perfil concreto.

4-. No hay criterios claros que determinen que trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a utilizar este procedimiento de acceso. Las declaraciones póliticas de la administración educativa y sindicatos afines dejan en entredicho el límite de los 3 años en fraude marcado por el Tribunal Supremo y hace que las cifras sobre los trabajadores afectados varíen (siempre al alza), en funcion del interlocutor.

Sin inspección y saber el número de afectados es complicado poner en práctica cualquier medida correctora. Salvo que la intención sea la de maquillar la situación de abuso y reducir la oferta de este sistema a la mínima expresión de sus posibilidades.

5-. No se aclara si este procedimiento será excluyente de la vía ordinaria.


Por lo expuesto, desde SINTTA manifestamos nuestro rechazo a la propuesta de modificación del Real Decreto 276/2007 planteada por el Ministerio. Demandamos a la Consejería de Educación del Principado de Asturias que haga valer los derechos del profesorado asturiano y plante cara a las intenciones del Ministerio de Educación. Lo contrario podría suponer un desastre de proporciones épicas para el profesorado interino asturiano

Para finalizar, hay que comentar que todo esto no va de opiniones, ni de situaciones personales (muy variopintas) y ni tan siquiera de acceso a la función pública. Esto va de cumplir con las leyes y lo firmado por todos los estados miembros de la Unión Europea, el gobierno y los sindicatos. Va de derechos de los trabajadores y de cómo la patronal (la administración española), con la ayuda necesaria del sindicalismo amarillo los pisotea, incumpliendo las propias leyes que se ha dado, las directivas y sentencias europeas de obligado cumplimiento.

Los sindicatos traidores nos venderán como logro un acuerdo que nunca buscaron, pero cuando se ha destapado el fraude, han intentado llevar a su terreno. TRAICIÓN a los DERECHOS de los TRABAJADORES TEMPORALES DE LA ADMINISTRACIÓN, unos derechos que no necesitaban de ninguna ley, de ninguna negociación y de ningún debate político. Sólo necesitaba de unos políticos y sindicalistas honestos que cumpliesen con lo firmado en Europa hace 20 años, pero que en ningún momento les interesó, ni quisieron cumplir. 

Con ello permiten a la patronal realizar un ERE encubierto en la administración que desde el principio todos hemos visto que tiene por objetivo sustituir personal con experiencia demostrada, por otro más joven, más barato y manejable y que eufemísticamente denominan redimensionamiento de la administración.

Desde el colectivo de trabajadores en fraude de contratación temporal, se exige una estabilidad presente y futura para todos aquellos trabajadores y trabajadoras que han estado tirando del carro de la administración en los tiempos más díficiles que ha conocido este reino y para aquellos que se incorporaran en un futuro próximo. 

El colectivo invoca el cumplimiento de la directiva europea, mientras estos sindicatos traidores que ya firmaron en su día con Montoro buscaron otra opción que no terminase con su negocio de cursos, afiliación interesada por cursos más baratos, etc..... y  que permita prolongar en el tiempo la situación, pues sin sanción disuasoria la experiencia nos dice que la situacion se repetirá cíclicamente.

Estos sindicatos venderán como logro la mayor tradición que se haya cometido en este país a un colectivo de más de 1.000.000 de trabajadores en activo.

AHORA SEGUIMOS SENTADOS, CALLADOS 
Y EN LAS PRÓXIMAS ELECCIONES LES VOTAMOS.




 

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