2- ORIGEN Y DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA
Utilización y abuso que se ha ido
incrementando por otro incumplimiento de las administraciones que, de manera
deliberada e ilegal, no han sacado a oferta de empleo público las plazas
necesarias para cubrir los servicios: TREBEP art. 70. Oferta de
empleo público.1. “…En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o
instrumento similar debe desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres
años.”
Esta falta de convocatoria de plazas (en ocasiones durante 10, 15, 20 años),
que nunca debe ser justificada por razones presupuestarias (es decir, que no
puede ampararse en la crisis como coartada para no ofertarlas), es la que ha
provocado la generación de enormes listas de temporales para poder cubrir todas
las carencias de personal fijo. Esto ha derivado en un abuso sistemático
y reiterado sobre ellos, manteniéndolos durante décadas en situación de
temporalidad de manera fraudulenta y abusiva.
Este es pues el enorme problema que se ha
creado, de manera totalmente deliberada, por parte de los gobiernos y el
sistema judicial. Y, por supuesto, con la necesaria complicidad y colaboración
de las organizaciones sindicales mayoritarias, que han consentido todo en aras
de seguir manteniendo sus más que jugosas subvenciones y más que rentables negocios
de formación (cursos y másteres, academias…) además de las afiliaciones, ,
liberaciones y resto de prebendas gubernamentales.
ÍNDICE
2- ORIGEN Y DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA.
3- DEL INCUMPLIMIENTO REITERADO DE TODO TIPO DE NORMATIVA TANTO NACIONAL COMO EUROPEA.
4- DE COMO LA LEY 20/21 NO CUMPLE LA NORMATIVA EUROPEA.
5- DE LA VIOLACIÓN DE PRINCIPIOS DE LA LEY 20/21.
6- DE LA VIOLACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA LEY 20/21.
7- DEL INCUMPLIMIENTO DE LOS GOBIERNOS Y SINDICATOS DE LA PROPIA LEY 20/21(Y DEL RD 270/22).